Qué es el vice Camarlengo
Otra precaución del Papa Benedicto XVI ante la posibilidad de un cónclave
En realidad, el oficio de vice camarlengo está prevista en precaución a que estando la sede apostólica vacante, también se encuentre vacante el oficio del Camarlengo de la Santa Iglesia Romana, función del todo capital en ese supuesto, el Santo Padre para evitar que se diera ese vacío, que de otro modo sería engorrosa la elección, y sobre todo dejar, aunque sea por poco tiempo a la Iglesia sin uno de los oficios de gobierno en tan particular circunstancia.
El Santo Padre Benedicto XVI nombró, para un trienio, como vice camarlengo de la Santa Romana Iglesia al español monseñor Santos Abril y Castelló, arzobispo titular de Tamada, quien desde 1985 a 2011 desempeñó el cargo de nuncio apostólico en diversos países. En la Argentina fue nuncio desde marzo de 2000 hasta abril de 2003. Actualmente estaba al frente de la nunciatura en Eslovenia y en la ex República Yugoslava de Macedonia. El prelado nació el 21 de septiembre de 1935 en Alfambra (España). Ordenado sacerdote el 19 de marzo de 1960, fue consagrado obispo el 16 de junio de 1985.
El vicecamarlengo forma, junto con el camarlengo -cargo desempeñado actualmente por el Secretario de Estado, el cardenal Tarcisio Bertone- y con otros prelados, la Cámara Apostólica, cuyo origen se remonta al siglo XI, cuando en los documentos figuraba como “camera thesauraria” y cuya función era la administración financiera de la Curia y de los bienes temporales de la Santa Sede. Con la Constitución “Sapienti Consilio” del 29 de junio de 1908, san Pío X confirmó a la Cámara apostólica las funciones de poder temporal que ejercía antiguamente, mientras que la Constitución “Regimini Ecclesiae Universae” del 15 de agosto de 1967 reconoció a la Cámara apostólica, presidida por el cardenal camarlengo, o a falta de él, por el vicecamarlengo, el oficio de cuidar y administrar los bienes y los derechos temporales de la Santa Sede, en el tiempo en el que ésta está vacante. Con la muerte del Romano Pontífice se abre, de hecho, la vacancia de la Sede Apostólica y todos los dirigentes y los miembros de los dicasterios cesan en sus cargos, salvo el Camarlengo de la Iglesia y el Penitenciario Mayor, que se ocupan de los asuntos ordinarios. Entre las funciones del camarlengo se destaca su competencia, durante este periodo, de cuidar y administrar los bienes y los derechos temporales de la Santa Sede; debe también verificar oficialmente la muerte del Pontífice, sellar su estudio y su habitación, disponer lo relativo para su sepultura, tomar posesión del Palacio Apostólico Vaticano y de los Palacios de Letrán y de Castelgandolfo, ejerciendo su custodia y su gobierno. Al vicecamarlengo le está confiada, en cambio, la vigilancia del Cónclave para la elección del nuevo pontífice, al que nadie está admitido sin su permiso. Las funciones de la Cámara apostólica, ampliadas y confirmadas por sucesivos decretos pontificios, fueron ulteriormente reafirmadas por la Constitución “Pastor Bonus” de Juan Pablo II, el 28 de junio de 1988.


